La cultura de la muerte. Padre Luis Toro.

1 year ago
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«La vida humana debe ser respetada y protegida de manera absoluta desde el momento de la concepción »

No es admisible
ninguna discriminación, ni siquiera la fundada en las diferentes etapas del desarrollo de la vida.

En situaciones conflictivas, es
determinante la pertenencia natural a la especie biológica humana.

Con esto no se imponen a la investigación biomédica límites distintos que los que la dignidad humana establece para cualquier otro campo de la actividad humana.

«El aborto directo, es decir, querido como fin o como medio, es siempre un desorden moral grave en cuanto eliminación deliberada de un ser humano inocente».

La expresión como fin o como medio comprende las dos modalidades de la voluntariedad directa: en este caso, el que actúa quiere conscientemente
matar, y por eso cumple la acción.

«Ninguna circunstancia, ninguna
finalidad, ninguna ley del mundo
podrá jamás hacer lícito un acto que es intrínsecamente ilícito, por ser contrario a la Ley de Dios, escrita en el corazón de cada hombre, reconocible por la misma razón y proclamada por la Iglesia».

El respeto de la vida debe ser
reconocido como el confín que
ninguna actividad individual o estatal puede superar. El derecho
inalienable de toda persona humana inocente a la vida es un elemento constitutivo de la sociedad civil y de su legislación y como tal debe ser reconocido y respetado tanto por parte de la sociedad como de la autoridad política.

Así, podemos afirmar que «el derecho a mandar constituye una exigencia del orden espiritual [moral] y dimana de Dios.

Por ello, si los gobernantes
promulgan una ley o dictan una
disposición cualquiera contraria a ese orden espiritual y, por
consiguiente, opuesta a la voluntad de Dios, en tal caso ni la ley promulgada ni la disposición dictada pueden obligar en conciencia al ciudadano (...); más aún, en semejante situación, la propia autoridad se desmorona por completo y se origina una iniquidad espantosa» .

Tanto es así que «leyes de este tipo no sólo no crean ninguna obligación de conciencia,
sino que, por el contrario, establecen una grave y precisa obligación de oponerse a ellas mediante la objeción de conciencia »

«Puesto que debe ser tratado como una persona desde la concepción, el embrión deberá ser defendido en su integridad, cuidado y atendido
médicamente en la medida de lo
posible, como todo otro ser humano»

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